Sin gestoría · unos 15 minutos

Dar de alta a tu empleada del hogar, sin dar vueltas

Todo el trámite se hace online en Import@ss, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Reúne primero estos datos y no tendrás que salir a buscar nada a mitad.

Antes de empezar: ten esto a mano

Los 6 pasos, en orden

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    Firmad el contrato antes del primer día

    Dos copias, una para cada parte. Genera el modelo aquí mismo: los datos que rellenas son exactamente los que luego te pide la Seguridad Social.

    Generar el contrato
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    Entra en Import@ss y elige “Alta en empleo de hogar”

    Portal Import@ss → Empleo del hogar → Altas. Necesitas identificarte con Cl@ve, certificado digital o vía SMS (para SMS basta tener tu móvil registrado en la Seguridad Social).

    Abrir Import@ss
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    Alta como empleador y Código de Cuenta de Cotización

    Si es tu primera contratación, el propio trámite te da de alta como empleador y genera tu CCC. No hay que pedirlo aparte.

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    Datos de la persona empleada y de la relación laboral

    Introduce NAF, DNI, fecha de inicio (nunca posterior al primer día trabajado), horas semanales, salario mensual y si hay pernocta. Marca aquí si eres familia numerosa: la rebaja de tu cuota pasa del 20% al 45%.

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    IBAN y confirmación

    Domicilias las cuotas. Al confirmar descargas la resolución de alta en PDF: guárdala junto al contrato. Ya está: la persona está legalmente contratada.

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    Cada mes: nómina, cuota y justificantes

    La cuota se te carga en cuenta a final de mes. Tú entregas un recibo de salario firmado. Guarda los cargos del año: si tu comunidad autónoma tiene deducción por empleada del hogar, son la prueba para aplicarla en la renta. Y avisa en Import@ss de cualquier cambio de horas o salario.

Los 5 fallos que más retrasan el trámite

  • Dar el alta después del primer día trabajado: el alta debe ser previa al inicio de la prestación.
  • Pensar que con pocas horas no hay que dar de alta: desde el 1 de abril de 2023 siempre das de alta tú, aunque sean 2 horas a la semana.
  • Pagar por debajo de 9,55 €/hora (mínimo legal de 2026 para el trabajo por horas): ese precio ya incluye pagas y vacaciones.
  • Descontar más del 30% del salario en manutención o alojamiento.
  • No comunicar la baja: si la relación termina, hay que cursar la baja o seguirás pagando cuotas.
  • Tirar los justificantes de las cuotas: los necesitas si tu comunidad autónoma te deja desgravarlas en la renta.

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