Contrato de trabajo
Servicio del hogar familiar
Relación laboral de carácter especial · Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, y Real Decreto-ley 16/2022
En __________, a ____ de __________ de ______.
Reunidos
De una parte, ____________, con DNI/NIE __________, con domicilio en ____________, __________, en calidad de titular del hogar familiar (en adelante, la persona empleadora).
De otra parte, ____________, con DNI/NIE __________, con fecha de nacimiento ____ de __________ de ______, con domicilio en ____________ y número de afiliación a la Seguridad Social __________ (en adelante, la persona empleada).
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y acuerdan celebrar el presente contrato con arreglo a las siguientes cláusulas.
Cláusulas
- Objeto. La persona empleada prestará servicios en el hogar familiar situado en ____________, con las siguientes tareas: Limpieza y mantenimiento del hogar: superficies, baños y cambio de ropa de cama.
- Modalidad y duración. El contrato es de duración indefinida, con inicio el ____ de __________ de ______. La prestación se realiza en régimen externo: la persona empleada no pernocta en el domicilio.
- Jornada y horario. La jornada será de 3 horas semanales de trabajo efectivo, distribuidas en Lunes, en horario de 09:00 a 12:00. La jornada máxima no excederá de 40 horas semanales de trabajo efectivo, respetándose un descanso mínimo de doce horas entre jornadas.
- Descanso semanal y festivos. La persona empleada disfrutará de un descanso semanal mínimo de treinta y seis horas consecutivas, que se fija en Sábado y domingo, así como de los festivos legalmente establecidos.
- Retribución. El salario acordado es de 12,00 € brutos por hora efectivamente trabajada, lo que supone aproximadamente 156,00 € brutos al mes, abonado por transferencia bancaria dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, con entrega del correspondiente recibo de salarios. La retribución respeta en todo caso el salario mínimo interprofesional vigente (9,55 € por hora efectivamente trabajada, o 1221,00 € al mes a jornada completa en 14 pagas, según el Real Decreto 126/2026).
- Pagas extraordinarias. Al tratarse de retribución por horas, el precio hora pactado incluye ya la parte proporcional de las dos gratificaciones extraordinarias anuales y de las vacaciones, conforme al artículo 8.2 del Real Decreto 1620/2011.
- Salario en especie. No se pacta salario en especie: la totalidad de la retribución se abona en metálico.
- Vacaciones. 30 días naturales al año, de los cuales al menos quince días serán elegidos por la persona empleada, y el resto se fijarán de común acuerdo.
- Periodo de prueba. Se establece un periodo de prueba de 60 días, con un máximo legal de dos meses, durante el cual cualquiera de las partes podrá desistir con un preaviso de siete días.
- Alta y cotización. La persona empleadora se obliga a solicitar el alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social con carácter previo al inicio de la prestación de servicios, así como a ingresar las cuotas correspondientes.
- Extinción. La extinción por desistimiento de la persona empleadora requerirá comunicación escrita, indemnización de doce días de salario por año de servicio (con el límite de seis mensualidades) y preaviso de veinte días si la prestación superó el año, o de siete días en los demás casos, conforme al artículo 11 del RD 1620/2011.
- Prevención de riesgos y confidencialidad. La persona empleadora informará de los riesgos del domicilio y facilitará medios y productos seguros, conforme al RD 893/2024. La persona empleada guardará la debida confidencialidad sobre la vida familiar.
- Normativa aplicable. En lo no previsto, se aplicará el RD 1620/2011, el Estatuto de los Trabajadores y demás normativa laboral vigente.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una, en el lugar y fecha indicados.
La persona empleadora
____________
La persona empleada
____________