Salario en especie por escrito
El contrato indica qué parte del salario es alojamiento y manutención, con su valor y el límite del 30 %.
Régimen interno
Cuando la persona que cuida o ayuda vive en el domicilio hay tres cosas que se suelen hacer mal: el salario en especie, los tiempos de presencia y los descansos. Aquí te explicamos cómo funcionan y el contrato las recoge por ti.
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El contrato indica qué parte del salario es alojamiento y manutención, con su valor y el límite del 30 %.
Si hay tiempos de presencia, se recogen sus horas y cómo se pagan o se compensan con descanso.
Horario, pausas de comidas, descanso entre jornadas y día de descanso semanal quedan escritos.
Verás el bruto mensual, la cuota de la Seguridad Social del hogar y el coste total del mes.
El mínimo es el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa (17.094 € al año). Si el alojamiento y la comida se descuentan como salario en especie, ese descuento no puede superar el 30 % del salario total y el importe en dinero nunca puede quedar por debajo del salario mínimo en metálico.
Pueden contar como salario en especie si así se pacta por escrito en el contrato, con su valoración. El límite es el 30 % del salario y debe respetarse el mínimo en dinero. Conviene detallar qué incluye: habitación, comidas, suministros.
La jornada máxima de trabajo efectivo es de 40 horas semanales, igual que en cualquier empleo. Vivir en la casa no amplía la jornada.
Son horas en las que la persona está disponible en el domicilio sin trabajar de forma efectiva. Deben pactarse por escrito, no pueden superar 20 horas semanales de media al mes y se retribuyen con salario o se compensan con descanso equivalente, nunca por debajo del valor de las horas ordinarias.
Descanso mínimo de 12 horas entre jornadas (que puede reducirse a 10 horas en régimen interno compensando la diferencia en periodos de hasta cuatro semanas), al menos dos horas para las comidas principales que no cuentan como trabajo, y 36 horas de descanso semanal, con 24 horas consecutivas normalmente en domingo.
Sí, exactamente igual: alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar antes del primer día de trabajo, cotización por tramos, recibo de salarios cada mes, registro diario de la jornada y evaluación de riesgos del domicilio.
30 días naturales al año, como cualquier persona trabajadora. Durante las vacaciones no está obligada a permanecer en el domicilio y sigue cobrando su salario.
Mira también el modelo de contrato, la nómina mensual y cómo dar de alta en la Seguridad Social.
Útil para familias con una persona interna y para quien trabaja en régimen interno.