Régimen interno

Contrato de interna: vivir en la casa, con todo por escrito

Cuando la persona que cuida o ayuda vive en el domicilio hay tres cosas que se suelen hacer mal: el salario en especie, los tiempos de presencia y los descansos. Aquí te explicamos cómo funcionan y el contrato las recoge por ti.

Hacer el contrato de interna

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Lo que no se puede olvidar

Salario en especie por escrito

El contrato indica qué parte del salario es alojamiento y manutención, con su valor y el límite del 30 %.

Presencia pactada

Si hay tiempos de presencia, se recogen sus horas y cómo se pagan o se compensan con descanso.

Descansos claros

Horario, pausas de comidas, descanso entre jornadas y día de descanso semanal quedan escritos.

Coste real calculado

Verás el bruto mensual, la cuota de la Seguridad Social del hogar y el coste total del mes.

Preguntas sobre el contrato de interna

¿Cuánto se paga a una interna en 2026?

El mínimo es el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa (17.094 € al año). Si el alojamiento y la comida se descuentan como salario en especie, ese descuento no puede superar el 30 % del salario total y el importe en dinero nunca puede quedar por debajo del salario mínimo en metálico.

¿El alojamiento y la comida cuentan como parte del sueldo?

Pueden contar como salario en especie si así se pacta por escrito en el contrato, con su valoración. El límite es el 30 % del salario y debe respetarse el mínimo en dinero. Conviene detallar qué incluye: habitación, comidas, suministros.

¿Cuántas horas puede trabajar una interna?

La jornada máxima de trabajo efectivo es de 40 horas semanales, igual que en cualquier empleo. Vivir en la casa no amplía la jornada.

¿Qué son los tiempos de presencia?

Son horas en las que la persona está disponible en el domicilio sin trabajar de forma efectiva. Deben pactarse por escrito, no pueden superar 20 horas semanales de media al mes y se retribuyen con salario o se compensan con descanso equivalente, nunca por debajo del valor de las horas ordinarias.

¿Qué descansos tiene que respetar?

Descanso mínimo de 12 horas entre jornadas (que puede reducirse a 10 horas en régimen interno compensando la diferencia en periodos de hasta cuatro semanas), al menos dos horas para las comidas principales que no cuentan como trabajo, y 36 horas de descanso semanal, con 24 horas consecutivas normalmente en domingo.

¿Hay que dar de alta a una interna igual que por horas?

Sí, exactamente igual: alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar antes del primer día de trabajo, cotización por tramos, recibo de salarios cada mes, registro diario de la jornada y evaluación de riesgos del domicilio.

¿Y las vacaciones si vive en la casa?

30 días naturales al año, como cualquier persona trabajadora. Durante las vacaciones no está obligada a permanecer en el domicilio y sigue cobrando su salario.

Mira también el modelo de contrato, la nómina mensual y cómo dar de alta en la Seguridad Social.

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Útil para familias con una persona interna y para quien trabaja en régimen interno.